Confirman condena a la exintendenta de Catriló Imprimir
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Lunes, 23 de Septiembre de 2019 18:08
En marzo recibió un año de inhabilitación para ocupar cargos públicos. La acusaron de malversación de caudales públicos por usar fondos de "asistencia social" para pagar la fiesta de un complejod de pádel.
 
El Tribunal de Impugnación Penal confirmó la condena contra Graciela “Buchi” López, exintendenta de Catriló, al no hacer lugar al recurso de impugnación que presentó.
 
La exfuncionaria fue condenada a la pena de un año de inhabilitación para ocupar cargos públicos como autora del delito de malversación de caudales públicos. ¿Qué hizo? Usó fondos girados por la Secretaría de Asuntos Municipales con destino de “asistencia social” para cubrir gastos de un festejo en un complejo de pádel.
 
López militó durante años en el PJ y fue intendenta en varios periodos. Después, fue parte del directorio del Instituto de Seguridad Social. Tras la denuncia judicial denunció persecución política y en las últimas elecciones fue candidata en la localidad por Comunidad Organizada, el partido de Juan Carlos Tierno: perdió por 64 votos contra el actual intendente Ricardo Delfino.
 
El juicio se realizó en marzo pasado. Allí los jueces Andrés Olié, Daniel Sáez Zamora y Carlos Beso dieron por probado que desde Casa de Gobierno fueron girados a la Municipalidad de Catriló -a fines de 2014- dos aporte no reintegrables por 25.000 pesos: uno para cubrir “el financiamiento de déficit y gastos de emergencia” y el otro para “cubrir gastos de funcionamiento”. López, en su carácter de intendenta, libró a las pocas horas una orden de pago por esa misma suma total para Nahuel Kraemer bajo el concepto de “asistencia social”. Pero ese dinero fue destinado, según el fallo, al pago de gastos de la fiesta anual de pádel, resultando “una aplicación de fondos ajena al concepto de gastos de funcionamiento y/o financiamiento de déficit y gastos de emergencia”.
 
Juan Eduardo Ravinale, el defensor particular de la exjefa comunal, impugnó ese fallo por entender que existió una errónea aplicación de la ley sustantiva y valoración de la prueba. Dijo que “no se valoró integralmente” que las resoluciones para los aportes se redactaron en Asuntos Municipales -en “hojas en blanco con la firma de López”-, que esa era “la forma de conducirse normalmente”, que el dinero fue entregado allí y que el entonces secretario Fabián Bruna -fue imputado inicialmente en la causa pero luego sobreseído- “tenía conocimiento de ese proceder”. Y agregó que el control de los balances en el municipio estaba a cargo de los concejales, siendo ellos “solidariamente responsables”.
 
La defensa también enfatizó que Kraemer y otra testigo declararon que la exhibición de padel se realizó -pese a que el Tribunal consideró que no hubo pruebas de ello- y que la malversación es “dar a los caudales una aplicación diferente de aquella a la que estuvieran destinados”. En ese caso, señaló Ravinale, “los fondos en cuestión fueron destinados para un evento cultural de interés comunitario, y así fue aprobado por el Concejo Deliberante”.
 
El rechazo.
 
La Sala B del TIP, conformada por los jueces Mauricio Piombi y Filinto Benigno Rebechi, al no hacer lugar al recurso de impugnación, indicó que en ese texto no se cuestionó que López le entregó los 25.000 pesos para “cubrir déficit o gastos de funcionamiento” a Kraemer.
 
“Entiendo que resultó vano el esfuerzo de la defensa en explicar que fue Graciela Bustos, jefa de despacho de Asuntos Municipales, quien confeccionara los pedidos y que el dinero fuera entregado desde la propia secretaría a Kraemer; lo que dejaría en claro un irregular modo de actuar de la secretaría -que ameritaría una investigación administrativa-, pero lo cierto es que esa circunstancia no cambia sustancialmente las condiciones para la configuración del tipo penal en virtud de la prueba analizada por el sentenciante”, remarcó Piombi, autor del voto inicial al que Rebechi adhirió.
 
“Tampoco se observó, como afirmó el recurrente, que se quisiera ocultar el modo de actuar de Asuntos Municipales o bien que Bruna estaba al tanto de la solicitud y entrega del subsidio, pues ello fue el descargo de la propia imputada y figura en las primeras hojas de la resolución atacada”, dijo el TIP.
 
“Más allá del esfuerzo de la defensa, López no pudo desligar su responsabilidad en el hecho, ni trasladarla a terceras personas, pues en definitiva ella -en su condición de intendenta- era la funcionaria pública, quien tenía a su cargo la administración de caudales o efectos del municipio y precisamente el delito de malversación de caudales públicos se trata de un delito especial propio ya que sólo puede ser autor quien reviste tal carácter y función”, sostuvieron Piombi y Rebechi.
 
“Un nuevo destino no implica que se gaste el dinero o los fondos o los bienes, ni tampoco que exista un perjuicio concreto para la administración pública en sentido económico, ni menos aún que el funcionario tenga el dolo del perjuicio. El delito se consuma con la acción del funcionario público de darle a los caudales o efectos un destino distinto al que tenían asignado”, remarcó el fallo del TIP.
 
El tribunal también manifestó que de las pruebas documentales y testimoniales “no se observó, ni siquiera de qué modo, la ayuda económica a Kraemer -dueño de un complejo de pádel- colaboró con la comuna de Catriló, sea en beneficio del bien común, un fin social, cultural y/o deportivo de interés comunitario”.
 
“Es preciso resaltar, como lo explicó la Audiencia de Juicio, que Quincho Padel no se encuentra ubicado en Catriló, sino en Santa Rosa, y tampoco existió prueba que permita inferir que un jugador o ciudadano de esa localidad se vio beneficiado en la participación del evento”, remarcó.
 
“Por último, como bien señaló el sentenciante, la aprobación del balance por parte del Concejo Deliberante solo eximió de responsabilidad (a López) del posible juicio de responsabilidad, de naturaleza patrimonial”, concluyó el TIP.
 
Fuente: El Diario 
 
 
 
 
 
 
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