Los balnearios de la costa ya tienen protocolos a la espera de un verano con más apertura


En el Partido de la Costa se convinieron las normas de convivencia que regirán para los turistas que alquilen carpas y sombrillas, y que será similar en el resto de os distritos. Qué se puede hacer y qué no. En paralelo, el problema que representan ciertos retenes

Mientras espera que durante el verano se produzca una mayor apertura que le permita a los turistas acercarse a la playa, tanto las autoridades municipales como los empresarios dueños de balnearios avanzaron en un protocolo, con el cual se busca respetar las medidas sanitarias y a la vez incomodar lo menos posible al veraneante.

El llamado “reglamento de normas de convivencia”, establece los servicios que quedarán permitidos para brindarse en los balnearios, y las pautas que deberán seguir quienes alquilen carpas o sombrillas. Los clientes “se obligan al cumplimiento de esta reglamentación, conjuntamente con los protocolos dictados o que dicte la autoridad de aplicación”, dice el convenio. El no cumplimiento le permitirá al concesionario aplicar el derecho de admisión.

En los espacios comunes, los turistas estarán obligados a:

a) Circular con uso adecuado de tapabocas (debe cubrir nariz, boca y mentón)
b) Respetar las normas de distanciamiento (2 mtrs de distancia entre personas) especialmente en espacios cerrados.
c) Estornudar en el pliego de codo.
d) Lavarse las manos en forma frecuente
e) Uso de alcohol en gel.

En los lugares donde el balneario presta servicios gastronómicos, se deberán respetar las normas dispuestas en este punto “y los protocolos que para el rubro gastronómico dicte la autoridad de aplicación”.

Para las carpas, el reglamento establece que los clientes se comprometen a:

a) Que el uso de la carpa es exclusivamente de las personas que figuran en la declaración jurada única autorizadas a su uso. Como máximo 6 persona
b) En el caso de compartir el espacio con otros clientes deberán respetar las normas establecidas en el punto 2.1. de este reglamento.

En los vestuarios y baños:

a) Cumplir Las normas fijadas en el punto 2.1. de este reglamento.
b) Ingresar calzados.
c) Observar los turnos asignados a los fines de respetar el distanciamiento social y los tiempos de desinfección.
d) Los vestuarios serán utilizados exclusivamente para el uso de sanitario y cambio de ropa.

Los servicios que no están permitidos son los siguientes:

a) Servicios de duchas en espacios cerrados.
b) Servicio de recreación.
c) Servicio de guardería y custodia de elementos.

Es, sin dudas, un avance de cara a la temporada que viene, y sobre la que todavía quedan muchas dudas aunque autoridades provinciales ya adelantaron que se permitirá el veraneo. De todos modos, quedan cuestiones importantes por revisar.

Una de ellas es el acceso a las ciudades costeras, tanto por los protocolos de ingreso que deberán dictar las autoridades locales como las dificultades que se presentan en distritos de paso. El ejemplo más emblemático es el de General Lavalle. El puesto caminero en la ruta 11, antes de llegar al Partido de la Costa, sigue siendo inflexible en el permiso de paso.

Pese a que algunos municipios costeros permiten, por ejemplo, que los propietarios de residencias en sus distritos vayan a constatar el estado de si viviendas con una corta estadía, en Lavalle son pocos los que pueden sortear el cerrojo y no se ven obligados a volver.


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