30 de Agosto: una mujer entró en un programa de protección contra la trata


Una mujer de misiones que habría sido engañada con una oferta laboral en 30 de Agosto y que fue rescatada en mayo último en el marco de un operativo por explotación laboral, fue ingresada a un programa de protección contra la trata. La Cámara Federal revocó la sentencia en primera instancia y pidió la intervención de un organismo estatal que protege a las mujeres que sufren trata.

Así lo consignó el portal TR La Ley, en una nota firmada por la abogada Mariela Arranz. TR La Ley es una compañía líder en Argentina de servicios de información y soluciones integradas para los profesionales del mundo jurídico y económico, y cuenta con analistas legales que escriben sobre casos y fallos judiciales.

La nota en cuestión señala: “En autos “NN: N.N. s/ Infracción art. 145 bis 1° Párrafo (sustituido conf. art 25 ley 26.842)”, la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, sala II revocó la sentencia de primera instancia y ordenó la intervención del Programa Nacional de Rescate y Acompañamiento a las Personas Damnificadas por el Delito de Trata del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación a fin de que se realice un amplio informe socioambiental y se ofrezca acompañamiento y eventualmente asistencia jurídica a una mujer oriunda de la Provincia de Misiones que habría sido captada por una persona de Trenque Lauquen para trabajar de “niñera”, tras una publicación efectuada por aquella en la red social Facebook, donde había indicado que buscaba trabajo.

A pesar de que existían elementos para sospechar la existencia de un caso de trata, el juez de grado rechazó la intervención de ese organismo, afirmando que “la víctima logró su verdadero cometido”, en referencia a que había podido regresar a Misiones.

La Fiscal criticó fuertemente el fallo de grado. No se puede realizar esa afirmación “con tanta soltura”, sostuvo, porque la víctima no realizó la denuncia solo con la finalidad de volver a su lugar de origen. Afirmaciones como la del magistrado de grado “denotan la falta de perspectiva de género” a la hora de tomar decisiones en situaciones donde se ve involucrada una mujer, opinó la fiscal.

Del relato de la víctima en el caso, surgía que al momento de la denuncia se encontraba trabajando en la casa de una familia dentro de un tambo, que le ofrecieron trabajar por un sueldo de $16.000 por mes para cuidar a tres niños, pero que no había resultado lo que ella esperaba. Explicó que además de cuidar a los niños realizaba trabajo doméstico y que solo le abonaban $9.000, que le daban un solo plato de comida por día, que un hombre que vivía allí intentó abusarla y que dormía con tres hombres que no eran de su familia. Para llegar al lugar la fueron a buscar a la terminal en un remis y no podía determinar su dirección exacta.

Ante las circunstancias de hecho denunciadas, la Fiscal consideró que surgían elementos para sospechar que la víctima habría recibido una oferta laboral engañosa, que habría sido captada y trasladada hasta un lugar distante de su domicilio y a zona rural, donde fue recibida en la fracción de campo que ocupan y trabajan como tambo y estaría siendo explotada laboralmente.

Operativo policial en 30 de Agosto por explotación laboral

“Existen elementos de contexto de la situación de explotación, que fueron descriptos por la víctima y que dieron cuenta de situaciones de maltrato, de la falta de elementos de higiene, la extrema escasez de alimentos, las limitaciones a su libertad, tanto física como psíquica, la inexistencia de días y ni siquiera horas de descanso, de las exigencias que implicaban una disponibilidad absoluta de la víctimas para con sus victimarios, de la variedad e indeterminación de tareas a desarrollar”, explicó la Fiscal criticando el fallo de grado. Respecto del abuso sexual relatado por (la víctima), indicó que el a quo no realizó ni una sola alusión “como si la víctima no lo hubiera mencionado”

La Cámara, si bien mencionó que la víctima pudo volver a su ciudad de origen, ordenó la intervención del Programa Nacional de Rescate y Acompañamiento a las Personas Damnificadas por el Delito de Trata del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos en los términos solicitados por la Fiscalía.

“El mencionado Programa fue creado mediante la Resolución 2149/2008 del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos y tiene como objetivos principales: rescatar a las víctimas; brindarles asistencia integral (psicológica, médica, jurídica, satisfacción de sus necesidades básicas) desde el momento del rescate hasta su declaración testimonial en sede judicial; así como otras tareas realizadas en la segunda instancia del proceso judicial”, explicaron los camaristas.

“A pesar del estado incipiente de la presente investigación (que impide conocer con mayor precisión los detalles de los hechos denunciados), la afirmación efectuada por el magistrado de primera instancia sobre que “el verdadero cometido de (la víctima) era regresar a la localidad de W., Provincia de Misiones”, resulta no solo infundada sino también reñida con las más elementales obligaciones y estándares de Derechos Humanos”, concluyó el decisorio.

NOTA Y FOTO PORTAL TR LA LEY


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