Luego del siniestro fatal que se registró días atrás en la ruta provincial 4 de La Pampa en cercanías de González Moreno, desde el Ministerio de Seguridad recordaron la normativa vigente para el tránsito pesado con maquinarias agrícolas.
En ese marco, indicaron que se debe circular por caminos auxiliares siempre y cuando estén en buen estado, y remarcaron que la velocidad máxima es de 30 kilómetros por hora.
“El traslado de la maquinaria agrícola de un campo a otro dispone de normas específicas que deben cumplirse de forma obligatoria según lo estipulado por la Ley Nacional N° 24.449”, señalaron desde la cartera y es “importante conocer y respetar la reglamentación vigente para facilitar el tránsito de las maquinarias en cuestión y propiciar la normal circulación del tráfico. Durante esta época del año es usual el continuo transitar de maquinarias y equipos pesados en las zonas rurales debido a la necesidad de que los productores efectúen los traslados para realizar las actividades agropecuarias de cosecha, siembra o mantenimiento de los predios”.
En esa línea, indicaron que las principales disposiciones de la legislación vigente son: “la circulación se realizará exclusivamente durante las horas de luz solar; circular por caminos auxiliares, en los casos en que estos se encuentren en buenas condiciones de transitabilidad; Circular por el extremo derecho de la calzada. No podrán ocupar en la circulación el carril opuesto, salvo en aquellos casos donde la estructura vial no lo permita, debiendo en esos casos adoptar las medidas de seguridad que el ente vial competente disponga; cada tren deberá circular a no menos de 200 metros de otro tren aun cuando forme parte del mismo transporte de maquinaria agrícola, debiendo guardar igual distancia de cualquier otro vehículo especial que eventualmente se encuentre circulando por la misma ruta, a fin de permitir que el resto de los usuarios pueda efectuar el sobrepaso”.
Con Info de Rural Net
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