Sancionaron la ley que amplía los derechos de las víctimas de delito en Provincia


La norma modifica el Código Procesal Penal y la Ley de Ejecución Penal. Hace que las víctimas deban ser consultadas ante excarcelación de condenados, entre otras cuestiones.

La Legislatura bonaerense sancionó hoy la denominada Ley de Víctimas que otorga mayor participación y garantías en el proceso penal a las víctimas de delitos y contempla la asistencia jurídica gratuita cuando no puedan afrontar los gastos.

El proyecto, que fue consensuado entre el oficialismo y la oposición, fue sancionado esta tarde durante la sesión que realizó la Cámara de Senadores provincial.

La norma modifica el Código Procesal Penal y la Ley de Ejecución Penal con el objetivo de “reconocer y garantizar los derechos de las víctimas de delitos, evitando la revictimización y asegurando un acompañamiento efectivo durante el proceso”.

En sus principales lineamientos se establece que “garantizará y asegurará a las personas humanas y/o jurídicas que individual o colectivamente fueran víctimas de presuntos hechos ilícitos que originen un proceso penal, el asesoramiento, asistencia jurídica, representación en el proceso y protección personal en todas las etapas procesales del mismo”.

Contempla, además, que la asistencia letrada a las víctimas será gratuita “cuando por las circunstancias del hecho y por situaciones de vulnerabilidad de la víctima, se encuentre imposibilitada de afrontar los gastos”.

También se crea el Observatorio de Víctimas de Delitos dentro de la Legislatura de la provincia de Buenos Aires, un organismo de “monitoreo, seguimiento y análisis de las cuestiones relacionadas con las víctimas del delito, sus familias y entornos”.

El Observatorio estará integrado ad honorem por víctimas de delitos, asociaciones civiles o fundaciones, familiares, representantes de la Suprema Corte de Justicia, la Procuración General, el Ministerio de Justicia, el Ministerio de Seguridad, el Senado y la Cámara de Diputados, con un total de seis legisladores.

La ley prevé también que durante la ejecución de la pena, la víctima tiene derecho a ser informada sobre las salidas transitorias, el régimen de semilibertad, la libertad condicional y la prisión domiciliaria, entre otras medidas de seguridad.

Asimismo, se incorporó que aquellas víctimas que deseen no ser informadas ni notificadas de tales cuestiones, podrán manifestarlo y este derecho deberá ser respetado.

En cuanto a la aplicación de las medidas de protección a las víctimas, se creará el Registro Provincial de Abogados y abogadas de la Víctima en el ámbito del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires (ColProBA), organismo que arbitrará los medios necesarios para el funcionamiento uniforme del registro en todos los Colegios departamentales.

Además, crea el Consejo de Víctimas, un reclamo del colectivo de familiares de víctimas de delitos. (DIB)


Te puede interesar

El auto que manejaba Bianco tiene deudas de multas impagas por más de 22.5 millones de pesos

Luego de que el ministro de Gobierno de la provincia de Buenos Aires, Carlos Bianco, …

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Esta web utiliza cookies propias y de terceros para su correcto funcionamiento y para fines analíticos y para mostrarte publicidad relacionada con sus preferencias en base a un perfil elaborado a partir de tus hábitos de navegación. Contiene enlaces a sitios web de terceros con políticas de privacidad ajenas que podrás aceptar o no cuando accedas a ellos. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos. Ver Política de cookies
Privacidad