Puntos Claves de la Reforma del Código Penal


El Código Penal argentino es el cuerpo normativo en donde se determinan cuáles son las conductas disvaliosas o delitos. El actual Código data de 1921 y recibió más de 900 modificaciones que provocaron una pérdida de sistematicidad.

¿Por qué es necesaria una reforma?

Porque el Código Penal tiene cien años y está desactualizado. Las nuevas modalidades delictivas no están incorporadas al Código, como las de grooming, delitos informáticos, de lesa humanidad, y varios más.
También porque las penas del actual Código Penal en algunos casos son excesivamente bajas, como, por ejemplo, de narcotráfico o corrupción de funcionarios públicos.

El Código Penal debe estar en sintonía con las convenciones internacionales y en línea con lo que sucede en el resto de los países.

¿Qué antecedentes se toman en cuenta?

Se toman en cuenta los proyectos que trabajaron las 17 comisiones anteriores. También lo que sucede en otros países, lo que dijo la Corte Suprema de la Nación a través de sus precedentes judiciales. La Ley argentina tiene que ser una ley actualizada, que tome en cuenta la historia argentina y también el derecho comparado.

¿Qué nuevos delitos contempla?

Contempla los delitos de tráfico de sangre, órganos y manipulación genética, delitos en el deporte -como el doping-, delitos vinculados con la protección de bienes culturales, delitos vinculados con el derecho de los trabajadores -como el acoso laboral-, delitos que tienen que ver con la particularidad de los siniestros viales, delitos de lesa humanidad, delitos fiscales y aduaneros, delitos informáticos, ambientales (entre los que se encuentra el maltrato y la crueldad animal), delitos de propiedad intelectual, etc.

¿Cuáles son sus cambios estructurales?

Se mantiene la estructura, pero se incorporan nuevos delitos y principios para que se permita una aplicación efectiva de la Ley Penal.

Se suma el libro tercero, que habla de los delitos de lesa humanidad. Se incluyen delitos vinculados con la comunidad internacional, como genocidio, desaparición forzada, y otros. También declara la imprescriptibilidad de estos delitos.

¿Qué cambios importantes hay respecto de las penas?

El objetivo es lograr la proporcionalidad de las penas. Y en algunos casos como corrupción o narcotráfico se aumentan las penas.

También buscamos que las penas se cumplan con una aplicación efectiva. Que en los casos de delitos graves, como agresiones sexuales u homicidios calificados, se cumpla la totalidad de la pena y no se acorten. Que en los casos de penas bajas también se cumplan con medidas alternativas, tareas comunitarias o prisión domiciliaria.

¿Qué se modifica respecto de la ejecución de la pena?

Uno de los objetivos del Código Penal es lograr una aplicación efectiva de la ley penal. Para ello, la reforma limita la libertad condicional para los condenados por delitos dolosos graves. Por otro lado, establece como la obligación de realizar tareas no remuneradas a favor del Estado o de instituciones de bien público, a los condenados a prisión de ejecución condicional, así como el cumplimiento de otras reglas para la prevención de delitos.

¿Cuál es la importancia de la responsabilidad penal de las personas jurídicas?

Muchas veces las personas de las empresas cambian pero las corporaciones quedan. Muchos de los delitos de la criminalidad económica no son cometidos por personas físicas, si no por empresas, que también deben cumplir con las penas en el marco del Derecho Penal. en virtud de lo explicado anteriormente, se decidió prever la responsabilidad penal de la persona jurídica no solo para los delitos contra la administración pública como se sancionó en la ley 27.401, sino que también se estableció para otros delitos como Trata, Terrorismo, Delitos ambientales, delitos en el deporte, entre otros.

¿Qué va a pasar con los bienes incautados de un delito?

Se va a permitir que, bajo determinados presupuestos, cuando se admita la procedencia ilícita de un delito o cuando haya fuga de uno de los imputados, ese decomiso sea definitivo sin esperar la culminación, que muchas veces dura años en el marco del proceso penal.

¿En qué le cambia la vida a la gente?

Porque en un solo libro la sociedad argentina va a poder saber qué es lo que está permitido, qué es lo que está prohibido y cuáles son sus penas. Todo eso va a tenerlo en un único Código Penal, que va a ser útil para los operadores judiciales y para toda la sociedad argentina.


Estos son los principales puntos del proyecto del Gobierno:

1- Imprescriptibilidad de delitos “gravísimos”: Los delitos más graves ya no prescribirán: homicidios, abusos sexuales, trata de personas, narcotráfico y crímenes de lesa humanidad. Actualmente, los únicos imprescriptibles son los delitos de lesa humanidad. La prescripción es la garantía que tienen los ciudadanos de ser juzgados en un plazo razonable. Los delitos con pena perpetua, por ejemplo, prescriben a los 15 años. Por el contrario, el proyecto prevé la extinción de la acción penal para casos no complejos que superen plazos razonables.

2- Endurecimiento generalizado de penas: Se elevan las penas en prácticamente todos los delitos. El homicidio simple, con esta reforma, pasará a tener una pena de hasta 30 años de prisión. Se agravan las sanciones para delitos cotidianos como robo de celulares, “entraderas”, estafas piramidales, “salideras bancarias” y delitos viales.

3- Ciberdelitos e inteligencia artificial: Se crea un capítulo completo de delitos informáticos que incluye la creación de imágenes falsas de contenido sexual mediante IA, el fraude digital y los ciberataques complejos. Se ordena la eliminación inmediata de estas reproducciones. Actualmente, existen algunos delitos informáticos dispersos, pero sin un tratamiento integral ni contemplación específica de la IA.

4- Nuevas figuras delictivas: Se tipifican delitos inexistentes en el Código actual: “stealthing” (retiro no consentido del preservativo), pornovenganza, secuestro virtual, violencia organizada, estafas piramidales, crueldad animal sistemática, delitos ambientales y desvío de cuota alimentaria, entre otros.

5- Corrupción: Se incrementan sustancialmente las penas para funcionarios por delitos contra la administración pública, se incorpora el soborno entre privados, se elimina la libertad condicional para reincidentes y condenados por delitos graves, y se rediseña el enriquecimiento ilícito. Se habilita el decomiso anticipado de bienes en casos de terrorismo, narcotráfico y corrupción.

6- Narcotráfico: Se mantienen las penas base de 4 a 15 años establecidas en la Ley 23.737, pero se eleva el máximo a 25 años (actualmente es 20) para organizadores del tráfico internacional. Se crean figuras autónomas para precursores químicos, opioides sintéticos y sustancias especialmente peligrosas.

7- Protección a las víctimas: Se incorpora el concepto de “seguimiento socio-judicial” para condenados que terminan de cumplir la pena en delitos graves. Los jueces deberán escuchar a las víctimas antes de decisiones que extingan la acción penal y notificarles todas las resoluciones. Se garantiza su participación activa en el proceso.

8- Responsabilidad penal de personas jurídicas: Se establece sin restricciones para todo tipo de delitos, con criterios claros de imputación y sanción. Actualmente existe responsabilidad penal de personas jurídicas solo para ciertos delitos como lavado de activos y delitos económicos y financieros, pero el proyecto la extiende a todos los delitos.

9- Delitos contra la familia y violencia de género: Se crea un capítulo completo sobre delitos que afectan la vida familiar: hostigamiento, maltrato, discriminación e incumplimiento de deberes de asistencia. Se incrementan las penas para delitos sexuales, se tipifica el acoso sexual en ámbitos laborales y docentes, y se agravan las penas por grooming y difusión de material de abuso infantil.


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