Así se desprende del parte de prensa emitido por la policía local donde se cuenta que la mujer se encontraba a menos distancia de la otorgada por el Juzgado de Paz para con un matrimonio que había realizado una denuncia y con el cual tenía prohibición de acercamiento.
DESOBEDIENCIA FLAGRANTE DELITO
Con fecha 30/08/2025 el Personal Policial tomó conocimiento por vecina oriunda de esta ciudad y cuidadora de victima sexo femenino mayor de edad, quien oportunamente sufriera VIOLENCIA FAMILIAR (LEY 12569), y en la presente causa existe una PROHIBICION DE ACERCAMIENTO de mil (1000) metros, de parte de matrimonio hacia victima de autos, constituido personal policial y al constatar presencia femenina mayor de edad quien estaba a una distancia menor a la otorgada por el Juzgado de Paz de Rivadavia, se procede a su aprehensión y traslado a la dependencia policial por el delito de DESOBEDIENCIA FLAGRANTE, recuperando libertad ambulatoria dia domingo 31 agosto cte. Luego de prestar la correspondiente declaración indagatoria tenor artículo 308 CPPA