El Congreso de la Ciudad de México aprobó este 24 de julio que las terapias de conversión, que pretenden “reconvertir” a homosexuales en heterosexuales, sean consideradas como delito al atentar contra el libre desarrollo de la personalidad e identidad sexual.
¿Qué son las terapias de conversión o ECOSIG (Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género)? son “tratamientos” psiquiátricos, psicológicos y hasta espirituales, con la finalidad de cambiar la orientación sexual, la identidad, o la expresión de género de aquellas personas diferentes a una heterosexualidad binaria cisgénero. Sesiones que prometen “curar” a quienes se sometan a las mismas, cuando en realidad son un tipo de tortura para las personas LGBTQ+.
En 1973, la Asociación de Psiquiatría Americana eliminó a la homosexualidad de las páginas de su manual sobre trastornos mentales. Sin embargo, existen registros de que los ECOSIG derivan en maltrato físico, privación de la libertad, violencia económica y hasta violaciones grupales.
Existen diferentes tipos: las terapias a base de religión y medicamentos, realizadas frecuentemente por instituciones religiosas, incluyen prácticas como rezar oraciones y la ingesta de medicamentos. Algunos reportes afirman que las terapias incluyen el consumo de medicinas como Ludomil y Dogmatil, químicos utilizados para tratar desórdenes psicológicos o neurológicos.
La terapia de aversión es una terapia utilizada en años anteriores. Consistía en inyectar al paciente altas cantidades de adrenalina para que ésta le provocara un miedo extremo. Una vez así, proyectar imágenes con contenido homoerótico para provocarle un rechazo. Este tipo de terapia fue llevada a la pantalla grande en La naranja mecánica (1971).
Un método prohibido, la castración química se realiza con el uso de inyecciones y la ingesta de medicamentos que provocan una disminución en la producción de hormonas, lo cual reduce la libido en el ser humano. Un ejemplo es la aplicación de inyecciones intramusculares, la cual se utiliza para tratar padecimientos relacionados con el sistema reproductivo y cáncer.
Otro sistema es a través de pláticas y terapia: organizaciones religiosas son las principales promotoras de estas conferencias y charlas. Mientras que a veces son realizadas con el consentimiento de los pacientes, frecuentemente se disfrazan de terapias psicológicas o de autoayuda, cuando en realidad su objetivo es la conversión sexual.
Clínicas como VenSer, la cual está conformada por un grupo de psicólogos cristianos y cuyo enlace de Google destaca el mensaje “Cómo salir de la homosexualidad”, son claro ejemplo de estas prácticas.
De acuerdo con Carmen Francisco, especialista entrevistada por Ruido en la Red, este tipo de asociaciones apelan a decir que se ha quebrantado un área en la vida de sus pacientes, específicamente en el ámbito sexual, y que a partir de eso deben pasar por un proceso de restauración.
Aunque la terapia comienza por escudriñar un trauma en la infancia de los pacientes, existen registros de que los ECOSIG han incluido privación de la libertad, tortura, violaciones correctivas, medicalización de los cuerpos y rechazo familiar.
Julia Marcela Suárez, directora de análisis legislativo y asuntos internacionales del Conapred, afirma que estos tratamientos se basan en premisas falsas que pueden ser potencialmente dañinas y además “alimentan un estigma negativo sobre la homosexualidad y finalmente eso se vuelve un caldo de cultivo para la homofobia”.
Actualmente, estos grupos no hablan de la homosexualidad como una enfermedad. Han transformado su discurso, mas no sus objetivos, pues buscan “desarrollar la heterosexualidad”. De acuerdo con Iván Tagle, activista por los derechos humanos, “ahora se maquillan como grupos de superación personal o de autoapoyo”.
Al respecto, la senadora Citlali Hernández Mora considera que estas prácticas únicamente benefician a un ala conservadora que genera un negocio a través de estas terapias. Por eso, se busca cambiarlo desde el aspecto legal.
La iniciativa para sancionar las ECOSIG fue presentada desde 2018 por el diputado local Temístocles Villanueva. Sin embargo, la discusión entre las comisiones de Administración y Procuración de Justicia, y de Igualdad de Género, inició el pasado mes de marzo.
El dictamen proponía reformar los artículos 206 bis, 181 y 182 del Código Penal local, en los cuales quedarían establecidas penas de hasta cinco años de prisión a quien obligue o realice “terapias de conversión” que pretendan corregir la orientación sexual, la identidad o la expresión de género.
Con 49 votos a favor, 9 en contra y 5 abstenciones, el Pleno dio luz verde a las modificaciones a las reformas al Código Penal DF que tipifican como delito las terapias que presuntamente “curan” a las personas de la comunidad LGBTQ+.
Dicho dictamen aprobado en sesión extraordinaria virtual contempla la reforma del artículo 206 bis al código penal local para sancionar actividades que vayan contra la libre autodeterminación en materia de género. Este delito será perseguido por querella, es decir tras una denuncia ante un juez.
Esto puede ser tanto para quien imparta u obligue a otra persona a recibir terapia de conversión. En caso de que la terapia fuera impartida de un menor de 18 años de edad o persona que no tenga capacidad para comprender el significado del hecho, o persona que no tenga la capacidad para resistir la conducta, la pena se aumentará en una mitad y se perseguirá por oficio.
La sanción que se contempla para este delito va de 2 a 5 años de prisión y de 50 a 100 horas de trabajo comunitario.
Según los diputados, la aprobación de esta reforma es un paso histórico para las leyes de la Ciudad de México en materia de protección de Derechos Humanos.
Por otra parte, la jefa de gobierno capitalino, Claudia Sheinbaum, respaldó esta iniciativa que castigará a quienes atenten con los derechos humanos de las personas con terapias de conversión sexual.
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Via: InfoBae – Cómo son las terapias de conversión: es la razón por la que se prohibieron