Diputados: Dictamen de mayoría al proyecto sobre los créditos hipotecarios UVA


La Cámara de Diputados, presidida por Cecilia Moreau, dio el visto bueno a la iniciativa que apunta a brindar respuestas a la situación de los tomadores de créditos UVA.

Se dio en el marco de las comisiones de Finanzas y la de Presupuesto y Hacienda, que presiden los diputados nacionales Alicia Aparicio y Carlos Heller, respectivamente.

La convocatoria surgió a partir de una decisión de la presidenta de la Cámara de Diputados, Cecilia Moreau, quien pidió a los titulares de las comisiones de Presupuesto y Hacienda y la de Finanzas avanzar en una solución para este sector.

El proyecto, entre otras cuestiones, propone que la cuota a abonar no deberá superar el 30% de los ingresos de los deudores. En ese sentido, las personas que deban pagar el impuesto a las Ganancias tendrán la posibilidad de deducir anualmente hasta tres salarios mínimos, mientras que los deudores podrán vender su propiedad y el crédito existente. Y, en caso de que el deudor se encuentre en cese laboral, el Fondo se hará cargo de hasta tres cuotas.

Al respecto, la titular de la Comisión de Finanzas expresó: “Llegamos a un proyecto que permite darle certezas y tranquilidad a las familias tomadoras de crédito de vivienda única y ocupación permanente en donde van a pagar de acuerdo a sus ingresos. Además, cuando el índice de precios esté por debajo del salario siempre van a pagar el mejor índice”.

“El monto a pagar no va a superar el 30% de sus ingresos. Era un tema complejo, que llevo tiempo de trabajo pero llegamos a la mejor situación posible en acuerdo con la oposición”, indicó también Alicia Aparicio.

En resumen, la norma ofrecerá a los deudores con hipotecas otorgadas con cláusula de ajuste por Unidad de Valor Adquisitivo (U.V.A.) y Unidades de Vivienda (UVI), destinadas a vivienda única familiar y de ocupación permanente un Sistema de Cobertura, mediante la implementación del cálculo de los saldos adeudados con ajuste mediante un Índice actualizable por Ripte.

En los meses que el Ripte se encuentre por arriba del IPC, pagarán siempre el Índice más bajo, en tanto que el cómputo será retroactivo al 1 de enero del corriente.


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