Gestapo antisindical: procesan a Garro y a exfuncionarios de María Eugenia Vidal


La medida la tomó el juez federal Ernesto Kreplak. Es la causa en la que se investiga si existía una mesa judicial bonaerense armada para perseguir a sindicalistas.

El juez federal Ernesto Kreplak procesó este jueves al intendente de La Plata Julio Garro, a exfuncionarios del Gobierno de María Eugenia Vidal y a exdirectivos de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) en la causa en la que se investiga a la Gestapo antisindical, la mesa judicial bonaerense que habría coordinado acciones ilegales para perseguir al sindicalista de la construcción Juan Pablo “Pata” Medina.

Se trata del expediente que se inició a partir del hallazgo, entre los archivos digitales de la AFI, de la grabación de una reunión llevada a cabo en junio de 2017 en la sede porteña del Banco Provincia a la que asistieron los procesados y también un grupo empresarios de la construcción de la ciudad de La Plata, a los que el juez le dictó la falta de mérito.

Más temprano, el magistrado había rechazado declinar su competencia en la causa y había denegado los planteos presentados por parte de las defensas de los imputados que buscaban que se decretara la nulidad de parte de la prueba incorporada al expediente, más precisamente del video que dio origen a la causa.

En una de las resoluciones, el magistrado resolvió rechazar la declinatoria de competencia solicitada por la defensa de del exsubsecretario de Justicia del gobierno de Vidal, Adrián Grassi, al que luego adhirieron otras defensas con el fin de llevar el expediente a los tribunales federales de Comodoro Py.

Planteos similares que objetaban la competencia del magistrado habían sido presentados por Garro, y el senador provincial de Juntos por el Cambio, Juan Pablo Allan.

Al confirmar la validez de su actuación en la causa, Kreplak sostuvo que aunque “entre los funcionarios que participaron de los hechos imputados haya algunos que se desempeñaban como funcionarios públicos nacionales con asiento en la Ciudad de Buenos Aires, no es la sede de sus oficinas lo que define la competencia, sino el lugar de comisión de los hechos investigados”. (DIB)

 

 

 

 

 


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