La Justicia de Neuquen dictaminó que fue involuntaria la acción de un rivadaviense que terminó con la vida de su compañero de caza


El tragico hecho ocurrió el 24 de marzo pasado en Villa La Angostura cuando el hombre de América salió a cazar y mató a su amigo, para la Justicia fue involuntario

Acordaron una probation. Lo encontraron culpable del delito de homicidio culposo. Le disparó a una sombra mientras cazaba y mató al amigo.

El hombre que le disparó a Segundo Enrique Pargade y lo mató acordó la aplicación de una suspensión de juicio a prueba (“probation”) . Era su amigo, con quien habían ido a cazar a la la península Huemul, en la zona de Villa La Angostura.

Vio una sombra y creyó que era un animal. Disparó y mató a su amigo. Para la Justicia el asesinato se dio de forma involuntaria.

De acuerdo a la investigación realizada por el Ministerio Público Fiscal entre la noche del 23 y la madrugada del 24 de marzo, el imputado se encontraba junto a otros hombres cazando en un paraje dentro de la península Huemul y portando una carabina. En un determinado momento y de modo imprudente, efectuó un disparo contra una sombra y le provocó una herida a Pargade, que murió a raíz del impacto.

El delito que el representante de la fiscalía le atribuyó al imputado fue portación de arma de fuego de uso civil condicional sin la debida autorización legal, atenuada por ser tenedor autorizado, en concurso real con homicidio culposo. Así fue enmarcada la causa tras una reformulación de cargos, ya que el hombre, al inicio de la investigación, había sido imputado por homicidio simple.

El juez de garantías que dirigió la audiencia avaló la reformulación de cargos y luego las partes presentaron la salida alternativa al caso.

Por el tipo de delito y la falta de antecedentes del imputado, se acordó una probation para resolver el caso.

Por el término de un año, el condenado no deberá no cometer ningún nuevo delito; mantener domicilio y no mudarse; someterse al control de la dirección de población judicializada; realizar una donación a la Cooperadora del Hospital de Villa La Angostura; y entregar el arma para su destrucción.

El magistrado que intervino en la audiencia avaló la suspensión de juicio a prueba requerida y fijó las reglas de conducta antes detalladas.

Fuente: LM Neuquen


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