Con la entrada en vigencia de la Ley 15.109 entre el 1º de diciembre y el 30 de abril próximo se amplía hasta las 23 la extensión del horario para la venta de bebidas alcohólicas en toda la provincia de Buenos Aires.
Luego de las 23 y hasta las 10 del día siguiente, en cambio, la normativa prohíbe la venta, expendio o suministro minorista a cualquier título, y la entrega a domicilio de bebidas alcohólicas.
También cabe recordar que aún dentro de la amplia franja horaria, la venta y consumo de bebidas con alcohol a menores de 18 años está terminantemente prohibida.
Fuera del nuevo horario permitido quien continúe con la venta será punible, siendo habilitados los órganos de control a labrar infracciones.
A partir del 1° de mayo del año que viene el tope horario regresará a las 21. Entró en vigencia la Ley 15.109 que indica que a partir del 1º de diciembre y hasta el 30 de abril se amplía el horario de venta de alcohol en los comercios, desde las 10 hasta las 23 horas.
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