Coronavirus: suspenden reuniones sociales y actividades en Santa Rosa


Será hasta el 30 de abril inclusive y es por el aumento de los contagios. El departamento capital fue declarado de “alto riesgo epidemiológico”. Las nuevas restricciones, que también abarca a actividades deportivas y competencias oficiales en lugares cerrados, no alcanzan a la vecina localidad de Toay. El Casino Club tampoco podrá estar abierto y los gimnasios, locales gastronómicos, bares, restaurantes y eventos religiosos deberán reducir su capacidad al 30%.

El Gobierno Provincial suspendió las reuniones sociales en Santa Rosa y Anguil, las dos localidades que integran el Departamento Capital. Extrañamente, queda afuera de esa restricción la vecina localidad de Toay. Por el momento, no se suspenden las clases presenciales.

La decisión se tomó en virtud de la actualización por parte del Ministerio de Salud de la Nación del status sanitario (https://www.argentina.gob.ar/coronavirus/informes-diarios/partidos-de-alto-riesgo) del Departamento Capital: quedó calificado como de “Alto Riesgo Epidemiológico y Sanitario” en el marco del DNU 235/21 que establece restricciones complementarias a las ya vigentes en La Pampa.

A partir de dicha vigencia, el Gobierno Provincial detalló las actividades suspendidas y su modalidad:

a) Actividades y reuniones sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.

b) Actividades y reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de VEINTE (20) personas.

c) La práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de DIEZ (10) personas o que no permita mantener el distanciamiento mínimo de DOS (2) metros entre los y las participantes.

d) Las competencias oficiales nacionales, regionales y provinciales de deportes en lugares cerrados dónde participen más de 10 (DIEZ) personas o que no permitan mantener el distanciamiento mínimo de DOS (2) metros entre los y las participantes podrán desarrollarse siempre y cuando cuenten con protocolos aprobados por las autoridades sanitarias nacionales y/o provinciales, según corresponda.

e) Actividades de casinos, bingos, discotecas y salones de fiestas.

f) Locales gastronómicos (restaurantes, bares, etc.) entre las VEINTITRÉS (23) horas y las SEIS (6) horas del día siguiente. (Esta franja horaria ya se encuentra vigente).

Por otro lado se aclaró que “el coeficiente de ocupación de las superficies cerradas en los establecimientos dedicados a las actividades más abajo detalladas, se reduce a un máximo del TREINTA POR CIENTO (30 %) del aforo, en relación con la capacidad máxima habilitada, debiendo estar adecuadamente ventilados en forma constante y dando cumplimiento a las exigencias previstas en los correspondientes protocolos:

g1. Realización de todo tipo de eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos.
g2. Cines, teatros, clubes, centros culturales y otros establecimientos afines.
g3. Locales gastronómicos (bares, restaurantes, etc.).
g4. Gimnasios”.

“En estricta sujeción a la normativa vigente, el Gobierno Provincial procederá a efectuar los controles pertinentes para el fiel cumplimiento de lo fijado por el citado DNU, vigente hasta el día 30 de abril inclusive”, cerró el mismo escrito.

Los indicadores

La decisión de adoptar las nuevas restricciones se tomó en base al análisis epidemiológico cerrado el 15 de abril, y realizado por el Ministerio de Salud de la Nación.

Para evaluar el riesgo epidemiológico se consideraron los siguientes indicadores epidemiológicos:

– “Incidencia de casos de las últimas 2 semanas: En el numerador, se incluirá el número de casos confirmados en las últimas 2 semanas epidemiológicas cerradas y se utilizará fecha de inicio de los síntomas o fecha mínima. El denominador estará compuesto por la población proyectada del INDEC del área geográfica y se utilizará como factor de ampliación: 100.000 habitantes”.

– “Razón de los casos: En el numerador se incluirá el número de casos confirmados en las dos últimas semanas epidemiológicas cerradas. El denominador estará compuesto por el número de casos confirmados acumulados en las 2 semanas previas. Se utilizará fecha de inicio de los síntomas o fecha mínima”.


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