Villegas: Alegre publicó un decreto con un fuerte recorte de gastos


“Que en este estado de situación resulta menester adoptar medidas tendientes a ordenar las finanzas y la economía municipal, previendo”, se destaca en el texto.

El intendente de General Villegas, Gilberto Alegre, publicó un decreto en las últimas horas que determina un fuerte recorte de los gastos del municipio. El mismo se da en consonancia con “la emergencia económica, financiera y de infraestructura por la que atraviesa la Nación”.

“Que con el inicio del nuevo mandato constitucional desde el Gobierno Nacional se postula una política de reducción del déficit fiscal, reestructuración de los gastos y deudas, tendientes a obtener la eficiencia y eficacia del Estado en la prestación de los servicios y prestaciones a su cargo”, se destaca en el gasto.

Y se plantea que “las políticas tendientes a la reestructuración del Estado Nacional y Provincial, implican necesariamente modificaciones en los fondos que percibirá este Municipio por coparticipación y los diferentes programas y planes implementados por el Estado”.

“Que en este estado de situación resulta menester adoptar medidas tendientes a ordenar las finanzas y la economía municipal, previendo la reducción en el flujo de fondos y así evitar contingencias que impliquen riesgo o dificultades en el normal desempeño de la función municipal y en el pago de los haberes del personal”, resalta.

Decreto completo

ARTÍCULO PRIMERO: Establécese en 30 horas semanales el régimen horario de todo el personal de planta permanente y planta temporaria a partir del 1 de enero de 2024, salvo situaciones debidamente fundadas por razones de servicios y prestaciones del área.

ARTÍCULO SEGUNDO: Limítese la compra de bienes y/o la contratación de servicios a las absolutamente necesarias para el normal desarrollo de servicios esenciales del municipio.

ARTÍCULO TERCERO: Autorícese a las áreas de gobierno municipal a revisar y/o dejar sin efecto las designaciones de personal temporario realizadas durante el año en curso.

ARTÍCULO CUARTO: El presente Decreto se dicta ad-referéndum de la aprobación del Departamento Deliberativo.

ARTÍCULO QUINTO: Deléguese en los secretarios, directores y jefes de área la notificación de lo dispuesto en el artículo primero a sus subordinados, conforme notificación que será elaborada por Departamento Personal.

ARTÍCULO SEXTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de a todas las dependencias y delegaciones municipales; cúmplase y archívese.


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