El Juzgado Contencioso Administrativo N°1 de Bahía Blanca aclaró que la suspensión del último cuadro tarifario también comprende a las más de 200 cooperativas eléctricas que prestan el servicio en el interior bonaerense. El OCEBA deberá comunicar formalmente la medida a las entidades alcanzadas.
La Justicia bonaerense aclaró que la medida cautelar que suspendió el último aumento de las tarifas de electricidad también alcanza a las cooperativas eléctricas que prestan el servicio en distintos municipios del interior de la provincia de Buenos Aires.
La aclaración fue realizada por el juez Agustín López Cóppola, titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo N°1 de Bahía Blanca, luego de un planteo realizado por la Defensoría del Pueblo.
La resolución judicial original, conocida el pasado 18 de septiembre, había dispuesto la suspensión del cuadro tarifario aplicado desde el 1° de agosto y mencionaba expresamente a las distribuidoras EDELAP, EDES, EDEA y EDEN, sin hacer referencia específica a las cooperativas eléctricas.
Ante esta situación, la Defensoría solicitó que se aclarara si las entidades cooperativas también estaban comprendidas dentro de los efectos de la cautelar.
Las cooperativas también están alcanzadas
Al responder el planteo, el magistrado señaló que los efectos de la medida alcanzan a las entidades que prestan el servicio público de energía eléctrica bajo jurisdicción provincial y municipal.
Según explicó el juez, no resulta necesario dictar una nueva resolución, debido a que las cooperativas ya se encuentran comprendidas dentro de los alcances de la Resolución 585/2026, por lo que quedan incluidas en la suspensión del cuadro tarifario cuestionado.
De esta manera, la medida alcanza también a las más de 200 cooperativas eléctricas que brindan el servicio en diferentes localidades del interior bonaerense.
El OCEBA deberá comunicar la decisión
Para garantizar que las entidades tomen conocimiento formal de la resolución, López Cóppola ordenó librar un oficio al Organismo de Control de Energía Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires (OCEBA).
El organismo deberá comunicar la medida cautelar a las cooperativas prestadoras del servicio eléctrico que se encuentran bajo jurisdicción provincial y municipal.
La decisión judicial agrega así un nuevo capítulo al conflicto generado por el cuadro tarifario que comenzó a regir el 1° de agosto y que contemplaba incrementos, principalmente, sobre el Valor Agregado de Distribución (VAD).
¿Qué pasa con las facturas?
Mientras se mantenga vigente la medida, los prestadores deberán abstenerse de aplicar el cuadro tarifario suspendido y facturar de acuerdo con el esquema anterior.
Además, la resolución establece que, en caso de que algún usuario ya haya abonado importes calculados con los valores ahora suspendidos, las diferencias deberán ser imputadas como saldo a favor en la próxima factura.
La medida judicial alcanza, de este modo, a los distintos prestadores del servicio eléctrico comprendidos en la jurisdicción provincial y municipal, incluyendo a las cooperativas que abastecen a numerosas localidades bonaerenses.
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