La Banca del Pueblo se hizo presente en el HCD de Rivadavia


Este jueves por la noche se realizó la Sesión Pública Ordinaria 16.22 del presente período donde el Prof. Alberto Orga hizo uso de la Banca 13 o Banca del Pueblo para presentar un proyecto que contempla la señalización de monumentos históricos, culturales, lugares con valor o significación, histórica cultural, documental, edilicia, urbanística, paisajista y o ambiental del Partido.

En los considerandos de la presentación, Orga explicó “Motiva el presente, el interés de dejar a las futuras generaciones un reconocimiento para quienes nos legaron nuestro espacio y los lugares por donde transcurrió su tiempo en el Partido.
Considerando que el Patrimonio Cultural según la UNESCO es el “conjunto de bienes muebles e inmuebles, materiales e inmateriales, de propiedad de particulares o de instituciones u organismos públicos o semipúblicos que tengan valor excepcional desde el punto de vista de la historia, del arte, de la ciencia y de la cultura y por lo tanto sean dignos de ser considerados y conservados”, es imprescindible en nuestros pueblos, identificarlos y señalarlos mencionando al mismo tiempo a los que por allí pasaron, para que sirvan como referencia a las nuevas generaciones. El sostenimiento y la conservación del patrimonio ayuda a una comunidad a mantener su identidad, a identificarse con ella”

Proyecto de Ordenanza contemplando la SEÑALIZACION DE MONUMENTOS HISTORICOS y CULTURALES.

Visto

Que existen en el Partido de Rivadavia lugares no debidamente señalizados ni referenciados y

Considerando

Que en los mismos ocurrieron acontecimientos que hacen a nuestro acervo histórico y cultural.

Que fueron habitados muchos de ellos por personas que aportaron con su accionar al engrandecimiento del Partido.

Que el reconocimiento de estos sitios por la población actual destaca a quienes con esfuerzo participaron con su obra en el pasado.

Que muchos, contienen valor cultural y estético, por su diseño o por sus técnicas constructivas.

Que hoy son testimonio de nuestra historia, nuestra cultura e identidad.

Que es imperioso la conservación y el reconocimiento de dichos lugares.

Que es imprescindible la identificación de aquellos bienes inmuebles en los que han ocurrido hechos significativos que recuerdan un pasado importante para la historia del Partido.

Que el valor cultural y estético de aquellos edificios distintivos por su diseño o paradigmáticos por sus técnicas constructivas o sus valores estéticos son testimonios de una particular cultura.

Que el valor simbólico y social que algunos lugares tienen, más su transcurrir histórico, sirven a una sociedad para conformar y dar sustento en el tiempo a su identidad.

Que no debemos, arrastrados por la modernidad, omitir el pasado con sus actores.

Que el reconocimiento de los mismos servirá como ejemplo a las generaciones futuras.

Que la memoria colectiva de los pueblos debe ser fomentada a través de acciones de reconocimiento por parte del estado.

Por lo expuesto se propone el siguiente proyecto de Ordenanza.

SEÑALIZACION DE MONUMENTOS HISTORICOS, CULTURALES, BIENES MUEBLES, INMUEBLES, LUGARES CON VALOR O SIGNIFICACION, HISTORICA CULTURAL, DOCUMENTAL, EDILICIA, URBANISTICA, PAISAJISTICA Y/O AMBIENTAL DEL PARTIDO DE RIVADAVIA.

PROYECTO DE ORDENANZA

ARTICULO 1°.- Dispóngase la señalización, por parte del Municipio, de los lugares en donde habitaran personalidades que hacen a la historia y la cultura del Partido de Rivadavia con el propósito de la consideración y reconocimiento por parte de la comunidad.

ARTICULO 2°.- Incorpórese a las señalizaciones un detalle de su obra y lo actuado en su paso por el lugar.

ARTICULO 3°.- Dispóngase la señalización de monumentos históricos, bienes muebles, inmuebles, lugares con significación o valor cultural, documental, urbanístico, edilicio y paisajístico del Partido de Rivadavia con el objetivo de la valoración por parte de la comunidad, agregándose su denominación y una breve reseña de su significación, su antigüedad, sus valores patrimoniales y todo otro dato que se considere de interés.

ARTICULO 4°.- El Departamento Ejecutivo Municipal dispondrá lo necesario para proceder a la señalización dispuesta en los artículos precedentes, respetando características físicas, dimensiones y materiales de los monumentos, bienes muebles, inmuebles, zonas, áreas o lugares.

ARTICULO 5°.- La aplicación de la presente Ordenanza estará a cargo del Departamento Ejecutivo asesorado por una comisión conformada por el Intendente Municipal o un representante por él designado, los Delegados Municipales de los pueblos o sus representantes, el Secretario de Cultura, un Concejal por cada uno de los bloque políticos y un representante del Archivo histórico quienes redactarán un protocolo de ejecución resolviendo las cuestiones de implementación.

ARTICULO 6°.- De forma.


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