Se trata de la Dra. Mónica Rivero integrante de una reconocida familia de nuestra ciudad que reside y trabaja desde hace varios años en la ciudad de Santa Rosa. Ella junto a sus compañeros Verónica Ferrero y Walter Martos formaron el equipo de Fiscales que habían pedido prisión
La fiscal Verónica Ferrero, acompañada por el fiscal general Máximo Paulucci y por su par Mónica Rivero, acusaron a Magdalena Espósito Valenti, madre del nene, y su pareja Abigail Páez de “homicidio calificado y abuso sexual gravemente ultrajante”..
Para la fiscalía, las imputadas “agredieron físicamente, en forma conjunta” a Lucio entre las 17.30 y las 19.40 del 26 de noviembre de 2021 en la casa en la que vivían en Santa Rosa, ocasionándole múltiples lesiones; y señaló que esas lesiones le provocaron la muerte luego de un período de agonía.
Según la autopsia, solicitada por la Fiscalía de Investigaciones Administrativas (FIA), el niño “presentaba politraumatismos por golpes, mordeduras y quemaduras, de vieja y reciente data” y que el deceso se produjo por una “hemorragia interna”, producto de las agresiones.
Tras la muerte de Lucio se determinó que el niño había sido asistido al menos cinco veces en un lapso de tres meses por politraumatismos en distintos centros asistenciales de La Pampa, aunque no había denuncias de profesional alguno al respecto, como así tampoco de las autoridades del jardín de infantes al que asistía.
En su alegato, los fiscales hablaron de un maltrato físico continuo -aludió a lesiones de vieja data- y consideró que también quedaron acreditados los abusos sexuales en reiteradas ocasiones.
Por ello, acusaron a Espósito Valenti de “abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de realización con acceso carnal vía anal con un objeto; agravado por haber sido cometido por la ascendiente; con el concurso de dos personas y aprovechando la convivencia con la víctima menor de 18 años; todo como delito continuado; en concurso real con homicidio calificado por ser la ascendiente, por ensañamiento y alevosía.
Mientras que a Páez le imputaron “abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de realización y con acceso carnal vía anal con un objeto; agravado por haber sido cometido por la guardadora, con el concurso de dos personas y aprovechando la convivencia con la víctima menor de 18 años; todo como delito continuado; en concurso real con homicidio calificado por ensañamiento y alevosía.
Homicidio de Lucio Dupuy: “entiendo que es una pena de perpetua, la pena máxima para ambas”, explicó el Fiscal Walter Martos
El fiscal Walter Martos encabezó el equipo de fiscales que investigó el crimen de Lucio Dupuy. Luego del veredicto, el fiscal expresó que “el caso marca un antes y un después, con una sentencia acorde a los hechos investigados”.
Y agregó: “entiendo que es una pena de perpetua, la pena máxima para ambas, más allá de una diferencia en el tema del abuso sexual, entiendo que la pena es de prisión perpetua y nos vamos conformes”.
Sobre esa diferencia entre la responsabilidad de una de las acusadas por el abuso sexual, dijo que “desconocemos los fundamentos, debemos analizar el motivo por el cual no se declaró la culpabilidad de la pareja y no de la mamá”.
Martos indicó que la prisión perpetua “es para toda la vida, sin perjuicio de solicitar beneficios como la libertad condicional. A mi criterio, ese beneficio no se puede solicitar una de las acusadas por ser culpable de un hecho de abuso sexual”. Y aclaró que “deberlan pasar 35 años para solicitar esos beneficios”.
“Se logró el objetivo máximo que era la perpetua”, concluyó el fiscal a la salida de la audiencia.
Con data de Infopico